Transportes especiales: ¿qué se puede y que no en la nueva normalidad? (II)

Como os comentamos en nuestra anterior publicación, hoy desde Arbegui vamos a comentar esas “restricciones mínimas” que la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) llamaba a revisión.

Los aspectos que debían tenerse en cuenta son los siguientes:

  • La supresión de todas las restricciones al tráfico de carácter genérico. Esto se debe a que “introducen de forma injustificada elementos de rigidez que impiden la libre circulación de las mercancías, al tiempo que dificultan tremendamente la mejora de las condiciones sociales de los conductores”. No obstante, según apunta la confederación, lo que se tendría que establecer son restricciones únicamente en fechas, horarios y carreteras muy determinados.
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  • No se establecerán restricciones en las franjas horarias de menor intensidad circulatoria como son las nocturnas. Si se hace así, se reduce el caos circulatorio que se ocasiona con motivo de la salida en bloque de todos los vehículos que se han acumulado tras un período prolongado de restricción.
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  • Ampliación de las exenciones a todos los productos alimenticios, en línea de lo que ocurre en la mayoría de los países de la Unión Europe (UE).
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  • Creación de corredores Norte-Sur y Este-Oeste, cuya función sea que se permita la libre circulación de todos los vehículos las 24 horas del día y durante los 365 días del año.
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  • Por último, encontraríamos que las prohibiciones para la circulación establecidas en las distintas Resoluciones solo afectarán a los vehículos con una MMA superior a los 20.000 kilos.
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