Precio mínimo para el transporte de mercancías

En los últimos días ha saltado la protesta. ¿Debe existir un precio mínimo para el transporte de mercancías? En una consulta por parte del Comité Nacional del Transporte por Carretera sobre dicha cuestión, remitida al Ministerio de Fomento, el órgano ministerial ha detallado la posible prohibición por ley de los transportes de mercancías por carretera por debajo de un determinado baremo de costes, así como una posible sanción por competencia desleal. Esto ha hecho protestar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), generando un debate en el sector. Desde Arbegui S.A. queremos profundizar un poco en dicho aspecto.

Y es que la CNMC ha remitido un informe de contestación en el que segura que un análisis sobre el precio mínimo para el transporte de mercancías debe partir del reconocimiento del principio de libertad de empresa, basado en dar libertad a la oferta y a la demanda del mercado. Además, señala, la normativa española prescribe la libertad de fijación de precios para el transporte discrecional de mercancías por carretera.

Por ello, señalan que la prohibición a ofertar por debajo de un precio mínimo supone una restricción a la libertad de fijación de precios, que generaría numerosos efectos negativos. De esta forma, asegura que la prohibición solo sería posible en casos de fallos de mercado o debido al interés público, algo no justificado en la consulta. 

Por último, ha detallado que con la fijación del coste mínimo que se fije, se puede producir un impacto notable a los precios de los bienes finales.

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