Cambios en el transporte de mercancías

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A partir del 1 de julio, el transporte de mercancías peligrosas, también conocido como ADR, tendrá ciertos cambios para armonizar las condiciones a nivel intermodal e internacional de este tipo de mercancías. Algunos de los cambios son la obligatoriedad de los consejeros de seguridad o los cambios de nomenclatura.

Desde Arbegui S.A. queremos mantenerte a la última en las tendencias relacionadas con los cambios en el transporte de mercancías y por ello queremos hablar de las modificaciones que entrarán en vigor a partir del próximo mes. Y es que hace unos días se dieron a conocer las novedades del ADR, que buscan armonizar la operativa.

De esta forma, nuestro país está a la cabeza en la aplicación de la informática para el transporte de mercancías peligrosas y se está trabajando para que a través de la web pueda llevarse un control y consulta extendido y utilitario. 

Entre las modificaciones encontramos algunos cambios respecto a los consejeros de seguridad y la carta de porte, a que se podrán ir adaptando los transportes hasta 2023, es el punto de que las empresas expedidoras requerirán la figura del consejero de seguridad, siendo de obligada implantación para las empresas que no lo tuvieran. Además, otro cambio aplica a que los consejeros, a partir de ahora, cuando se amplíe el cambio de aplicación de un certificado, la fecha de validez será la del certificado más antiguo, es decir, que los nuevos títulos obtenidos por los consejeros de seguridad vencerán en la misma fecha que su título más antiguo.

Además, la nueva edición del ADR incluye una amplia variedad de modificaciones en nombres de mercancías peligrosas, así como la nomenclatura. Es importante tener en cuenta estos cambios, dado que le uso indebido de los mismos puede ocasionar graves sanciones.